Flash de procesal - Marzo 2023
El equipo de Derecho Procesal de Simmons & Simmons España ha elaborado el siguiente Flash de novedades sobre el Real Decreto-Ley 6/2023.
El 20 de diciembre de 2023 se publicó en el Boletín Oficial del Estado ("BOE") el Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo (el "RD").
El RD modifica la ley de Enjuiciamiento Civil ("LEC") buscando una mayor eficiencia procesal para combatir la elevada litigiosidad que se da en España. De esta forma, se continua con los proyectos de ley de medidas de eficiencia iniciados en la pasada legislatura. Para ello, introduce una serie de medidas que persiguen la transformación digital y procesal de la Administración de Justicia. Así, el RD adapta el servicio de Justicia a la era tecnológica actual, garantizando el derecho a relacionarse con la Administración de Justicia por medios electrónicos.
En concreto, destacan los siguientes aspectos de la reforma:
Preferencia por la vía telemática
Se introduce el artículo 129 bis LEC que regula la celebración, en general, de todos los actos procesales de manera telemática, siempre que las oficinas judiciales tengan a su disposición los medios técnicos necesarios para ello. Se exceptúan las audiencias, declaraciones o interrogatorios de partes, testigos o peritos y otros actos evidentes, como las exploraciones personales. Sin embargo, se podrá declarar mediante videoconferencia si no se pudiera comparecer por circunstancias especiales y la validez de la declaración estuviera garantizada.
Por otro lado, se suprime la obligación de realizar el primer emplazamiento por papel a quien esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración de Justicia. De acuerdo con el nuevo artículo 155 LEC, este primer emplazamiento también podrá ser realizado de manera electrónica. Si transcurrieran tres días sin que el destinatario accediera a su contenido, se publicará en el Tablón Edictal Judicial Único.
También se generalizan los actos de comunicación por medios electrónicos y se prevé prorrogar los plazos en supuestos en los que no sea posible presentar escritos por interrupción no planificada del servicio de comunicaciones telemáticas o electrónicas.
Carpeta Justicia
El RD, incorpora la Carpeta Justicia como medio de acceso, desde un punto único, a todos los trámites y prestaciones digitales que ofrece el Servicio Público de Justicia. Cada persona podrá acceder a sus asuntos, consultar los expedientes en los que sea parte o interesada y pedir cita previa para ser atendida en distintos órganos judiciales.
Procedimiento testigo
En materia de condiciones generales de la contratación, se crea este nuevo proceso que busca una mayor eficiencia ante demandas con motivos similares. Resultará de aplicación cuando una demanda:
incluya pretensiones que están siendo objeto de procedimientos anteriores planteados por otros litigantes;
no sea preciso realizar un control de transparencia de la cláusula ni valorar la existencia de vicios en el consentimiento del contratante; y
las condiciones generales de contratación cuestionadas tengan identidad sustancial
Si se cumplen tales condiciones, el procedimiento más avanzado adquirirá la condición de testigo. A petición de las partes, el juez podrá suspender el proceso menos avanzado hasta que se dicte sentencia en el testigo. Una vez resuelto, el tribunal indicará si considera procedente o no la continuación del procedimiento suspendido. Si lo considera procedente, y se insta la continuación del proceso, cabrán tres opciones: desistir de la acción, continuar con el proceso indicando las razones que deben ser resueltas o solicitar la extensión de los efectos de la sentencia dictada en el procedimiento testigo.
Cuestión prejudicial europea
De acuerdo con el nuevo artículo 43 bis LEC, al elevarse cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, las actuaciones quedarán suspendidas hasta que conste en autos la resolución que decida la cuestión prejudicial o se acuerde la retirada de la misma. No cabrá recurrir la suspensión salvo que ya hubiese sido planteada por otro órgano jurisdiccional de cualquier Estado miembro.
Ámbito del juicio verbal
El criterio de cuantía que establece la tramitación del procedimiento por juicio ordinario u oral se eleva hasta los 15.000 euros. Además, se tramitarán por juicio verbal las demandas en que se ejerciten acciones individuales relativas a condiciones generales de contratación, las demandas en materia de propiedad horizontal en las que se ejerciten acciones sobre reclamaciones de cantidad y las demandas en las que se ejercite la acción de división de cosa común.
Ejecución
Se introduce un apartado 5º al artículo 527, por el que las costas de la ejecución provisional no correrán a cargo del ejecutado siempre y cuando hubiese cumplido con lo dispuesto en el auto que despachó la ejecución dentro del plazo de veinte días desde que le fue notificado.
En materia de consumidores y usuarios, el tribunal revisará de oficio si las cláusulas de los títulos extrajudiciales y del contrato en que se base dicha ejecución son abusivas.
Novedades en los recursos
Se modifica el sistema de costas en los recursos de apelación y casación. Respecto a la apelación, el nuevo artículo 398 se remite a lo previsto para la primera instancia. En cuanto a la casación, no se impondrán costas a ninguna de las partes si el recurso es estimado total o parcialmente. Si el recurso es desestimado, la parte recurrente correrá con las costas, salvo que la Sala aprecie circunstancias especiales que justifiquen otro pronunciamiento.
El recurso de apelación se interpondrá directamente ante el tribunal que vaya a conocer del mismo. En consecuencia, sólo cabrá queja por denegación de la interposición de la casación. Asimismo, los recursos de apelación legalmente previstos contra resoluciones definitivas dictadas en la tramitación de los procedimientos testigo serán tramitados con preferencia.
Además, la reforma prevé otras modificaciones, como la posibilidad de desistir del recurso de casación únicamente hasta el momento en que se señale el día para su deliberación, votación y fallo. También se añade recurso de revisión contra el Decreto resolutivo de los recursos de reposición del Letrado de la Administración de Justicia.
Otras cuestiones
En procesos en los que un consumidor ejercita una acción individual por el carácter abusivo de una clausula contractual, si existe cuestión de prejudicialidad civil, el juez podrá acordar de oficio las medidas cautelares que considere necesarias para asegurar la eficacia de un eventual pronunciamiento estimatorio. No se requerirá prestar caución.
El poder en que la parte otorgue su representación al procurador podrá conferirse apud acta por comparecencia electrónica en la correspondiente sede judicial.
En reclamaciones contra personas físicas por los honorarios devengados por sus abogados y procuradores, el juez podrá de examinar de oficio la existencia de cláusulas abusivas.






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